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Mostrando entradas de mayo, 2022

PERMISOS

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 Los trabajadores pueden recibir permisos cuando van a tener hijos: La mujer embarazada : Puede trabajar con normalidad pero puede haber una incapacidad por el embarazo y estar de baja por una incapacidad. Durante el embarazo la trabajadora tiene derecho a que su puesto de trabajo sea compatible y no perjudicial para ella, pudiendo ser traslada a un puesto de trabajo más seguro. Si esto no es posible se le puede conceder una suspensión retribuida. Suspensión por maternidad :  16 semanas de las cuales 6 deben de ser ininterrumpidas y después del parto. El resto se pueden distribuir en los 12 meses siguientes después del parto. Transcurrida esta suspensión la trabajadora tendrá que reincorporarse aunque existe un periodo de lactancia que la permite irse ausentarse del trabajo durante una hora en la jornada de trabajo. Tiene derecho a la adaptación del puesto de trabajo para atender las necesidades del menor. Además podrá optar por una reducción de jornada en la que se reduce proporcional

EXCEDENCIAS

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 Una excedencia laboral es la decisión que toma un trabajador de cesar su relación con una empresa por diversos motivos y durante un tiempo determinado, en el transcurso del cual podrá dedicarse a otras actividades, o incluso a otros trabajos. Sin embargo, para tener derecho a solicitar una excedencia laboral hay que cumplir una serie de requisitos, y es aquí donde nos encontramos con los diversos tipos de excedencias laborales. Existen varios tipos de excedencias: Excedencia forzosa. Excedencia voluntaria. Excedencia por cuidado de hijos o de familiares.

IMPAGOS DE SALARIO

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 La obligación principal del empresario es pagar el salario al trabajador, pero en muchas ocasiones las empresas pagan con retraso o simplemente dejan de pagar a sus empleados. Cuando la empresa no paga al trabajador, este puede actuar de dos maneras diferentes: Reclamar lo que se le debe. Exigir el pago y además pedir la finalización del contrato. ¿Cómo reclamar lo adeudado? El trabajador puede reclamar cualquier cantidad que le deba la empresa . No es necesario que la empresa no pague una mensualidad entera,  se puede reclamar cualquier cantidad además de la nómina : si la empresa paga menos de lo que debía haber pagado, o no paga, por ejemplo, alguno de los pluses que reconoce el convenio colectivo o el pago de horas extraordinarias. El proceso empieza con  un escrito que se presenta ante la administración y que es necesario y previo a la vía judicial.   En él se tienen que poner claramente que cantidades se reclaman y cuáles son los conceptos. Además  por el retraso en el pago la l

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

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 Según la OMS, la salud es el bienestar físico, psíquico, emocional y social. Hay que tener en cuenta los siguientes términos: Factores de riesgo: tienen la posibilidad de que ocurra un siniestro, y son de diversa naturaleza. Peligros : son la posibilidad más real de que el siniestro se produzca. Daños : son el deterioro en la salud del trabajador. Por estos términos, es necesario promover medidas de prevención y protección: Medidas de prevención : sirven para eliminar los factores de riesgo, que a su vez eliminan los peligros, que eliminan los daño. Medidas de protección : no evitan que se produzca el siniestro, pero puede amortiguar o eliminar los daños, como los EPI o los de protección colectiva (vallas o redes anticaída). El plan de prevención de riesgos debe incluir protocolos de actuación y formación e información de los trabajadores.  Los siniestros suelen afectar a la salud física. Por ello se realizan reconocimientos médicos, para comprobar si el trabajo está deteriorando la s

GARANTÍAS POR CAMBIO DE EMPRESARIO

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Las garantías por cambio de empresario recogen distintas situaciones en las que en algún momento de tu vida laboral, podrás verte en un entorno en el que hay varios empresarios implicados. CONTRATAS Y SUBCONTRATAS Es una forma de organización de las empresas para llevar a cabo partes de un servicio o de una obra. Los trabajadores deberán estar informados. Para saber si las empresas son serias, l os empresarios que contraten o subcontraten con otros la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de aquellos deberán comprobar que dichos contratistas están al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social. CESIÓN DE TRABAJADORES Reclutar a un trabajador cediéndoselo a otra empresa. Es ilegal y se considera delito salvo que lo haga la ETT.    Los empresarios, cedente y cesionario, que infrinjan lo anterior responderán solidariamente de las obligaciones contraídas con los trabajadores y con la Seguridad Social, sin perjuicio de las demás responsabilida

EXTINCIÓN DE TRABAJO

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 La extinción del contrato de trabajo supone el fin definitivo de la relación laboral. Sus causas, requisitos y efectos se regulan entre los art. 49 y 56 ET. Las causas de la extinción de trabajo pueden ser: Por causa del trabajador. Por causa del empresario. Otras causas.

JORNADA DE TRABAJO

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 TRABAJO EFECTIVO La duración del trabajo no podrá ser mayor a 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. Su duración se fija en días, semanas, meses o años. DESCANSO Podemos distinguir distintos tipos de descansos, que son los siguientes: Descanso semanal : los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por periodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo. La duración del descanso semanal de los menores de dieciocho años será, como mínimo, de dos días ininterrumpidos. Descanso por fiestas : los trabajadores cuentan con 14 días, de los cuales 12 días están puestos por parte del Estado y las Comunidades Autónomas y los otros 2 días restantes dependen de la localidad. Descanso por vacaciones : el periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en con

TIPOS DE DESPIDOS

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 Según las condiciones por las cuales haya sido despedido un trabajador podemos encontrar varios tipos: DESPIDO INDIVIDUAL : Disciplinario : s e produce porque el trabajador ha hecho algo mal y/o por incumplimiento de los deberes del trabajador.  En este tipo de despido no hay una indemnización pero si que tiene el trabajador a cobrar prestaciones por desempleo desde el primer día.  Este tipo de despido sólo se produce por una infracción grave y culpable: por dolor, imprudencia o negligencia. Objetivo :  se produce cuando el empresario despide al trabajador por circunstancias objetivas pero sin que haya hecho nada "malo". Si hay indemnización y si que hay prestaciones por desempleo . DESPIDO COLECTIVO: La indemnización será de  20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.  A la hora de cobrar a veces existe una retribución, cuando se ha llevado a cabo una modificación de jornada. Los representantes de trabajadores tienen prioridad de permanencia en la empresa,

LA NÓMINA

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 La nómina es la suma de los registros financieros de los sueldos de los empleados, incluyendo los salarios, las bonificaciones y las deducciones. En la contabilidad, la nómina se refiere a la cantidad pagada a los empleados por los servicios que prestaron durante un cierto tiempo. La siguiente ilustración muestra los apartados que componen la nómina: CÁLCULO DE LA NÓMINA : El salario bruto del trabajador es la suma de las percepciones salariales y no salariales. Percepciones salariales : salario base, horas extraordinarias, pagas extraordinarias y complementos salariales. Percepciones no salariales : gastos de kilometraje, dietas, plus de transporte, ropa de trabajo, etc. El resultado de la suma de todas las percepciones se poene en el apartado de la nómina <<A.-TOTAL DEVENGADO>>

MODIFICACIONES DEL CONTRATO DE TRABAJO

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  El empresario, en el ejercicio de su poder de dirección, puede modificar los contratos de trabajo; ahora bien, debe hacerlo dentro de unos límites y, por regla general, solo si existe una causa justificada. Las principales modificaciones del contrato de trabajo son: La  movilidad funcional. La  movilidad geográfica. La  modificación sustancial de las condiciones de trabajo . Em el siguiente esquema podemos observar las causas, requisitos y efectos de los supuestos de modificación contractual:

CONTRATO LABORAL

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 El contrato laboral es el acuerdo bilateral, verbal o escrito, por el que una persona trabajadora se compromete a realizar de forma personal y voluntaria un trabajo por cuenta ajena y bajo la organización y dirección del empresario, a cambio de una remuneración. Para que se pueda llevar a cabo la acción de realizar un contrato se deben cumplir alguno de los siguientes requisitos: También hay que tener en cuenta lo siguiente: El contenido del contrato debe ser: También debemos saber que hay distintos tipos de contrato según su duración. Pueden ser: Indefinido : que no establece fecha de finalización. Temporal : que se prevé fecha de finalización. A continuación, os dejo un vídeo que habla sobre los tipos de contratos y nos explica sus características: